Con fecha 12 de enero de 2023 se publicó en el diario oficial la Ley N°21.527, que en su artículo 1° crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil y se constituye como una entidad especializada responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la Ley N°20.084, mediante el desarrollo de programas que contribuyan al abandono de toda conducta delictiva, a la integración social de sus sujetos de atención y a la implementación de políticas de carácter intersectorial en la materia.
Bajo dicho contexto, se crea el Consejo de Estándares y Acreditación (CEA) compuesto por cinco miembros expertos en las áreas ligadas al desarrollo de los sujetos de atención o a la justicia juvenil, que cuenten con experiencia y reconocida trayectoria en el área de su competencia.
En el marco de sus funciones, el Servicio establecerá un modelo de intervención de aplicación nacional y vinculante para la ejecución de sanciones y medidas. El sistema de ejecución de programas contemplará un conjunto de estándares que se aplicarán a la ejecución de medidas y sanciones, tanto privativas de libertad o de ejecución en el medio libre.
Para la aplicación del Modelo de Intervención previamente señalado y en cumplimiento de sus funciones, el Servicio podrá contratar los servicios de organismos externos que no tengan fines de lucro y de personas naturales, ambos debidamente acreditados para tal efecto. Dicha acreditación se realizará por el Consejo de Estándares y Acreditación de conformidad ya referido, y acreditará además programas de intervención, que den cumplimiento a los estándares fijados previamente para este efecto.
Acreditación de Ejecutores:
– Podrán acreditarse como ejecutores, las personas jurídicas sin fines de lucro, cuyo objeto sea la ejecución de programas de reinserción social, y que además cumplan con lo dispuesto en el artículo 36 de la ley.
– La acreditación de los ejecutores tendrá una vigencia de tres años, renovable por igual periodo, siempre que se mantenga el cumplimiento de los estándares fijados para tal efecto. También se considera la posibilidad de reacreditación.
– Durante el proceso de acreditación las entidades interesadas en acreditarse y que tengan dudas respecto del proceso, podrán solicitar acompañamiento al Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil, al correo electrónico secretaria.ejecutiva@minjusticia.cl .
– Los antecedentes indicados en el formulario de postulación deberán remitirse entre el 16 de agosto y el 05 de septiembre del presente año, al correo secretaria.ejecutiva@minjusticia.cl
Cronograma proceso de acreditación:
Plazo para postular: 16 de agosto al 05 de septiembre de 2023
N° etapa | Etapas | Duración |
1 | Término de la Postulación y entrega de Antecedentes | 15 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria. |
2 | Periodo de consultas y respuestas | 2 días hábiles siguientes a la etapa de término de postulación y entrega de antecedentes. |
3 | Revisión de requisitos de admisibilidad | 7 días hábiles siguientes a la etapa de periodo de consultas y respuestas. |
4 | Elaboración de Admisibilidad y dictación de la Resolución Exenta | 2 días hábiles siguientes a la etapa de revisión de requisitos de admisibilidad. |
5 | Evaluación de Propuestas admisibles | 12 días hábiles siguientes a la etapa de elaboración de admisibilidad y dictación de la resolución exenta. |
6 | Acta de adjudicación | 1 día hábil siguiente a la etapa de evaluación de propuestas admisibles. |
7 | Dictación de la Resolución Exenta de Adjudicación y Publicación de los resultados | 1 día hábil siguiente a la etapa de acta de adjudicación |
Resoluciones
Rex N°004 – Aprobación de Estándares de Acreditación
Rex N°005 – Llamado público a presentar solicitudes de acreditación