Sección de mural realizado con apoyo de jóvenes en reinserción social de Arica.
La ley N°21.527 que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil establece en su artículo 2° que su objeto es ser la entidad especializada responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la ley N°20.084, mediante el desarrollo de programas que contribuyan al abandono de toda conducta delictiva, a la integración social de los sujetos de su atención y a la implementación de políticas de carácter intersectorial en la materia.
Para ello, el artículo 29 obliga a que el servicio establezca un modelo de intervención de aplicación nacional y vinculante para la ejecución de las sanciones y medidas, entre las que se encuentra el programa de mediación.
En atención a este marco normativo, se expone la oferta regular del Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil:
Nombre | Sigla | Privativo de libertad | Medio libre | Medida | Salida alternativa | Sanción |
---|---|---|---|---|---|---|
Internación en Régimen Cerrado con Programa de Reinserción |
IRC | X | X | |||
Libertad Asistida Especial con Internación Parcial |
LAE-IP | X | X | |||
Internación Provisoria |
IP | X | X | |||
Libertad Asistida Especial |
LAE | X | X | |||
Libertad Asistida Simple |
LAS | X | X | |||
Servicios en Beneficio de la Comunidad y Reparación del Daño |
SBC | X | X | |||
Salida Alternativa | SA | X | X | |||
Medida Cautelar Ambulatoria |
MCA | X | X | |||
Programa Mediación Penal Juvenil |
MEDIACIÓN | X | X |